Formatos de la Ley de Diciplina Financiera

Ejercicios Fiscales

Transparencia y Difusión de la Información Financiera LGCG

En cumplimiento para el Estado de Michoacán de Ocampo, como lo establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso público.

La LGCG es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.

La contabilidad gubernamental está en constante desarrollo, por lo que fue necesario que la reforma contemplara un mecanismo suficientemente dinámico para que el Estado de Michoacán de Ocampo se ajuste a las nuevas reformas del Acuerdo por el que se reforma y adiciona el Capítulo VII de los Estados e Informes Contables, Presupuestarios, Programáticos y de los Indicadores de Postura Fiscal del Manual de Contabilidad Gubernamental.

Así, se diseñó un esquema flexible, pero contundente, con dos elementos esenciales; un marco institucional incluyente y la obligación de adoptar e implementar las disposiciones que deriven de este Acuerdo, en cuanto al marco institucional, se prevé la creación del COEAC, el cual contara con un Secretario Técnico que será la instancia que formulará los proyectos de los diversos instrumentos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).